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Presupuestos Generales de Cantabria

El dinero que se invierte en ti


Como has visto más arriba, los Presupuestos se plasman jurídicamente en la Ley de Presupuestos.


En 2008, los Presupuestos están contenidos en la "Ley de Cantabria 6/2007, de 27 de Diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el 2008".

Más abajo veremos cómo se elaboran, aprueban y ejecutan los Presupuestos, pero por ahora es suficiente decir que, como todas las leyes de Cantabria, la Ley de  Presupuestos se "promulga" o publica en nombre del Rey, por el Presidente de la Comunidad Autónoma. Además, es obligatorio publicarla en el Boletín oficial de Cantabria (BOC) y en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Ley de Presupuestos Generales de Cantabria contiene artículos, agrupados por capítulos, que a su vez se organizan en nueve títulos, a los que se añaden trece Disposiciones Adicionales, dos Transitorias y dos Finales. Éstos definen el Presupuesto total aprobado para el año en cuestión, así como los sistemas de gestión, control y modificación de los mismos y las normas para la gestión del personal, de las ayudas y subvenciones y la contratación de empresas que presten servicios a la Administración.

Éstos tienen carácter anual  y coinciden en el tiempo con la vigencia de los Presupuestos Generales del Estado.  Como se verá a continuación, incluyen la totalidad de los gastos e ingresos de los organismos y entidades integrantes de la  Administración regional, y en ellos definen el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos de la Comunidad.

La suma de todas las partidas del Presupuesto alcanza 2.408.163.913 euros, constituyendo el conjunto de recursos, a través del cual, la Comunidad Autónoma de Cantabria afronta sus políticas de gasto.




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